Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO realizado por el abogado en ejercicio Carlos Julio Ocando, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 22.223, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Peggy Lynn Schmidt Cox, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.806.740, representación según consta de documento poder otorgado ante la Notaría Pública Segunda de Maracaibo estado Zulia, en fecha diecinueve (19) de febrero de dos mil veintiséis (2026), anotado bajo el Nro. 8, Tomo 22, Folios 99 hasta 111, de los libros llevados por esa oficina, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 y 264 del Código de Procedimi.....