Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos CAIRA SIRA RUMBOS RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.441.914, domiciliada en la calle principal, sector El Taque, casa S/N, Municipio Tinaco del estado Cojedes, y LUIS ANTONIO REYES MERCADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.993.179, domiciliado en El Topo, casa S/N, calle de la Virgen María, Municipio Tinaco, estado Cojedes; con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 0.....