´DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho, derecho y doctrinarias ut supra referidas, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante MAGALY DEL CARMEN LUJANO,quien fue venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-5.164.353, a los ciudadanos JENNY DEL CARMEN ACUÑA LUJANO y JEAN CARLOS ACUÑA LUJANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nros. Nros V-17.296.191 y V-16.492.949, respectivamente, todos domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, en su condición de hijos de la causante, dejándose a salvo los derechos de terceros, conforme lo establece el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Se o.....