III.
DIPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERNCATIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: ORDENA INTEGRAR EL LITISCONSORCIO PASIVO FORZOSO O NECESARIO, en consecuencia se ordena en la presente decisión, la citación del ciudadano EDUIN ENRIQUE MARIN ALFARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-16.548.824, para dar contestación a la presente demanda incoada en su contra, así como en contra de la ciudadana ANA CRISTINA MARIN ALFARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-17.564.425, en el juicio de DECLARACION DE CONCUBINATO, intentado por la ciudadana DECELIA ALFARO PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-22.128.101, domiciliada en el Barrio Negro Primero Sector San Felipe, Casa No. 13-35, Muni.....