DECISIÓN DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR LA DEMANDA DE REIVINDICACION, intentada por el ciudadano JOEL VICENTE PARRA GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.903.921, en contra del ciudadano MANUEL ESTEVAN RODRIGUEZ VILLASMIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.525.265, todos de este domicilio, por no cumplir los requisitos del artículo 548 del Código Civil, en relación que el poseedor o detentador de la cosa está obligado a probar la titularidad y la identidad del bien, lo que deriva que en la carga de la prueba la tiene el demandante, siendo que no se cumplieron los extremos referentes a demostrar que el bien demandado como propietario e.....