Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos CAROLINA MARIA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.120.670, domiciliada en el sector La Manga, Los Alitos, La Aguadita, Municipio Lima Blanco del estado Cojedes, y CARLOS ENRIQUE SUAREZ BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.099.826, domiciliado en San Joaquín estado Carabobo; con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional, por incompatibilidad de caracteres y por desafecto; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial .....