Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA POR LA CUANTIA de este Tribunal, para conocer la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO, seguida por los ciudadanos ALFREDO ENRIQUE VILLALOBOS SILVA y LIDICE ROMAY DE VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-7.808.220 y V-7.973.928, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en contra de la ciudadana DEYANIRA HEILY ROMAY MADUEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-13.628.005, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia.
SEGUNDO: Se DECLINA la competencia a un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripc.....