´Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal, con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Extensión Maracaibo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: ACEPTAR EL DESISTIMIENTO, realizado por el ciudadano LENIN ALBERTO ROJAS, Titular de la Cédula de Identidad número V.-17.830.261, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en su carácter de acusado, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio DAVID ANDRÉS CAPITELLI SEMPRÚN, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 30.217.530, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 326.345, presentado el día 27 de mayo de 2025, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal.
Todo lo anterior, es decidido sobre la base de lo previsto en el artículo 431 del Código Orgánico Pr.....