PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por el abogado en ejercicio Julio César Molina Rojas, actuando en su carácter de representante judicial de la parte actora, ciudadano RAFAEL JOSÉ CUBILLAN ORTEGA, contra el auto de admisión de prueba dictado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticuatro (2024).
SEGUNDO: SE CONFIRMA por diferentes motivos el aludido auto, en el sentido de declarar INADMISIBLES las pruebas de experticia sobre el Hotel Santa Bárbara, y la exhibición de sus libros de comercio, así como, IMPROCEDENTE la solicitud de nombramientos de administrador y contador para que el primero de ellos ejerza su oficio sobre el Hotel Santa Bárbara y, el segundo, realice una operación contable en el antes mencionado lugar.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS del recurso a la parte demandante en virtud de lo establecido en el .....