REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Ocho (08 ) de julio de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º
ASUNTO : L-2026-0000038
Parte Actora: ENDER RAFAEL CAMACARO MONTES, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédula de identidad Nro. V.-15.320.438, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia
Apoderado Judicial
de la parte actora: MISAEL SEGUNDO DE LA SANTISIMA TRINIDAD CARDOZO PEREZ y MISAEL BENITO CARDOZOPEREZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 303359 Y 25462 respectivamente
Parte Demandada: ROSPER TRANSPORTE Y SERVICIOS C.A, con domicilio en EL Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
Apoderado Judicial
de la parte demandada: ANDREA DEL CARMEN MORILLO TORO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 112541 127632 y otros
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.
SENTENCIA HOMOLOGACION DE DESESTIMIENTO
DEL PROCEDIMIENTO.
En Fecha 13-04-226 fue admitida por eL Juzgado Tercero de Sustanciacion, Mediación y ejecución la presente demanda , intentada por el Ciudadano ENDER RAFAEL CAMACARO MONTES, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédula de identidad Nro. V.-15.320.438, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia contra la empresa ROSPER TRANSPORTE Y SERVICIOS C.A, con domicilio en EL Municipio Lagunillas del Estado Zulia., por motivo de cobro de prestaciones sociales . En fecha 08-06-2026 , siendo las 11: A.M tuvo lugar la apertura de la audiencia preliminar en esta causa compareciendo ambas partes , consignando cada una sus escrito de promoción de prueba y, haciendo cada una de las partes sus exposiciones y dicha audiencia dicha audiencia preliminar. El día 08 de julio de 2026, siendo las 10 : 30 a.m , día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma apoderado judicial de la parte actora ciudadanos ENDER RAFAEL CAMACARO MONTES, los abogados en ejercicio MISAEL SEGUNDO DE LA SANTISIMA TRINIDAD CARDOZO PEREZ y MISAEL BENITO CARDOZOPEREZ, así como también, la abogado en ejercicio ANDREA DEL CARMEN MORILLO TORO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 127632, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ROSPER TRANSPORTE Y SERVICIOS C.A . se dio inicio a la prolongación de dicha audiencia, y se constituyo este Tribunal bajo la dirección del Juez Abog. Jairo Silva Ruiz, quien declaró abierto éste acto y constató la presencia de cada una de las partes, Realizando cada una de las partes sus exposiciones en este encuentro. Seguidamente solicito el derecho de palabra a los apoderados de la parte actora, la cual le fue concedida y en consecuencia expuso lo siguiente: “desisto en este acto de la presente demanda (del presente procedimiento). Es todo”. Acto seguido se le concedió también el derecho de palabra la parte demandada, la cual le fue concedida y expuso: “al respecto manifiesto en nombre de su representada, que no tiene nada que exponer, por lo que da su consentimiento”. El Tribunal visto el desistimiento del procedimiento expuesto por la parte actora , e igualmente visto lo expuesto por la parte demandada. Es por lo que este Tribunal aplicando por analogía lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologo el desistimiento del presente procedimiento hecho por la parte actora , en razón de que el mismo no es contrario a derecho y en consecuencia declaro: DESISTIDO Y TERMINADO EL presente procedimiento, no sin antes el Tribunal ordeno devolver el escrito de promocion de pruebas y sus anexos consignados respectivamente por las parte demandada en la oportunidad de la apertura de la audiencia preliminar en esta causa, de cual se dejo constancia.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA EL DESESTIMIENTO del procedimiento HECHO POR LA PARTE ACTORA EN ESTA CAUSA , Y EN CONSECUENCIA DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano ENDER RAFAEL CAMACARO MONTES, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédula de identidad Nro. V.-15.320.438, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia contra la empresa ROSPER TRANSPORTE Y SERVICIOS C.A, con domicilio en EL Municipio Lagunillas del Estado Zulia., por motivo de cobro de prestaciones sociales ..
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y Ordinales 3ero y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFÍCADA.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Ocho (08 ) de julio de dos mil veintiséis (2026) ,siendo las 12:30 pm AÑO 216º de la Independencia y 167º de la Federación
DIOS Y FEDERACION
Abg JAIRO SILVA
JUEZ 2 ° S.M.E
Abg JESSICA LAZARDE
SECRETARIA
J SR/jsr.
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