DISPOSITIVO
Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente EXTINGUIDO el juicio de LIQUIDACION Y PARTICION DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, incoado por las ciudadanas NOELIA VICTORIA ALVAREZ ROMERO y MARIA FERNANADA ALVAREZ OLIVARES, contra la ciudadana HILDIRIS JULIETA OLIVAREZ ORTIZ, identificadas en actas.
• Se ordena la devolución de los documentos originales previa certificación en actas.
• No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
• Se declara terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese, notifíquese a la actora. Déjese copia fotostática certificada por la Secretaría de este Despacho de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.
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