CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por ello, el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo pautado en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: EXTINGUIDO el presente procedimiento por motivo de Obligación de Manutención (Homologación), presentado por el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Anzoátegui del estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses del hoy joven adulto ciudadano LUÍS ADRIÁN HERNÁNDEZ GARCÍA, de dieciocho (18) años de edad, a requerimiento, de los ciudadanos LEOMARIZ ANDREINA GARCÍA REINA y ciudadano LUÍS RAFAEL HERNÁNDEZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-20.268.832 y V-11.962.674 respectivamente; ambos domiciliados en el ca.....