Por todo los antes expuesto este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Municipio Girardot de la circunscripción judicial del estado Cojedes administrando justica en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y en aras de salvaguardar el interés superior de niños, niñas, y adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo conciliatoria suscrito entre los ciudadanos: GLORIA DEL CARMEN RODRIGUEZ PEREZ y JULIO ALEXANDER FUENTES ROJAS, antes identificados. En virtud del presente acto de homologación, dicho acuerdo adquiere carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoria, procédase como sentencia pasada con autoridad de COSA JUZGADA FORMAL, conforme a lo dispuesto en el artículo 262 del código de procedimiento civil en concordancia con lo establecido en el aparte único del artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecuto.....