Se ordena darle entrada y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. Por cuanto la presente solicitud no es contraria al orden público, ni a las buenas costumbres, ni disposiciones expresas de la Ley, se ordena su admisión. Líbrese compulsa de dicha solicitud junto con boleta de citación, a objeto de que se practique la citación del ciudadano CESAR EDUARDO FIGUEREDO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.850.682, domiciliado en la calle Páez, sector Bello Monte de El Baúl, municipio Girardot del estado Cojedes. A quien se le emplaza a comparecer por ante este Tribunal, al tercer día de Despacho siguiente a que conste en autos su citación y la designación y aceptación de Defensor Público con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y notificación Fiscal con competencia en la materia. A las 10:00 de la mañana, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del N.....