Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en aras de salvaguardar el interés superior del adolescente y la niño, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio suscrito entre los ciudadanos: MARIELA CAROLINA PÉREZ ÁLVAREZ y JOSÉ ALBERTO ÁLVAREZ TARIFA, antes identificados. En virtud del presente acto de homologación, dicho acuerdo adquiere carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoria. Procédase como sentencia pasada con autoridad de COSA JUZGADA FORMAL, conforme a lo dispuesto en el artículo 256 y 262 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el aparte único del artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Cúmplase la presente sentencia, dada, sellada y firmada en la sala de Despacho de este Tribunal.....