Este Tribunal de conformidad con el artículo 3º de la resolución Nº 2008-0014 de fecha 02 de julio de 2008, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, la cual resuelve que los Juzgados de Municipio del estado Cojedes continuarán conociendo de causa de obligación de manutención, hasta que el Tribunal Supremo de Justicia acuerde la entrada en vigencia de la reforma procesal de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en los municipios del estado Cojedes y lo establecido en el artículo 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, publicada en Gaceta Oficial Nº 5.266 Extraordinario del 2 de Octubre de 1998 y en concordancia con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena darle entrada y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. Por cuanto la presente solicitud no es contraria al orden publico, ni a las buenas costumbres, ni disposiciones expresas de la Ley, se ordena su admisión. Líbrese compulsa de dicha solicit.....