Y por cuanto en Tribunal comisionado no pudo practicar la citación personal del demandado se ordena, de conformidad con lo establecido en el artículo 515 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la publicación de un único cartel en un diario de la ciudad de San Carlos estado Cojedes y otro cartel se publicara en la cartelera de este Tribunal, para que el demandado, ciudadano YUNNY RAFAEL MUJICA ROMERO, comparezca al (3er) tercer día de despacho siguiente a la fecha, en la cual conste en autos la consignación del ejemplar en el cual se publique dicho cartel, a las 10:00 de la mañana, más un (01) días que se le conceden como término de la distancia, a fin de realizar un acto conciliatorio, o en su defecto en horario de despacho comprendido entre las 08:30 de la mañana hasta las 03:30 de la tarde, representado o asistido por abogado dar contestación a la presente demanda. Líbrese cartel de citación.