Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio por mutuo consentimiento, presentada por los ciudadanos JOSÉ LUIS TORRES Y SINDRY YANITZA MÉNDEZ BELISARIO venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V- V-8.422.911 y V-11.667.736, respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil trece (2013), por ante el Registro Civil del Municipio Tinaco, estado Cojedes, de conformidad con lo previsto por el artículo 184 del Código Civil. Segundo: Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6°, y 152 de la Ley Orgáni.....