Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: "Declarar bastantes y suficientes" las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano NELLY ROSA RODRIGUEZ DE MIERES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.209.591 el derecho de propiedad sobre un terreno de su propiedad, constituida por un inmueble, ubicado en la Avenida Principal Zona Industrial del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del estado Cojedes, ya descrita en la solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al princ.....