CAPITULO IV
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por motivo de DESALOJO de local comercial interpuesta por la ciudadana Alicia Margarita Romero Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.043.701 debidamente asistida por el Abogado en ejercicio Juan Bautista Gutiérrez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.582 en contra del ciudadano Julio Israel Parada Muñoz, titular de la cédula de identidad Nº V-12.525.910 SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión, d.....