Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a los ciudadanos LUIS ANGEL PEREIRA GIL, ANGEL DE JESUS PEREIRA GIL, YULIMAR DEL VALLE FARFAN PEREIRA Y MILAGRO ZOLIMAR PEREIRA GIL. Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 20.041.563, V-25.752.323, V-28.339.552 y V 28.339.527, respectivamente, la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, con vocación hereditaria sobre el acervo de bienes de la fallecida Dominga Angélica Pereira Gil, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de id.....