-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle ala ciudadana: JOSEFA MARÍA ORTEGA DE APARICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.390.266, correo electrónico: jhonmanuel.ortegaa@gmail.com, domiciliada en la Avenida Bolívar casa Nº29 los Samanes II, de la Ciudad de San Carlos Estado Cojedes, debidamente asistida por la abogada Marian Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de Identidad Nº V-18.974.595 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el Nro. 167.17; el derecho de propiedad Título Supl.....