Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado
el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas
de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la
Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la
Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas
para asegurarle a los ciudadanos NANCY GUILLERMINA NOGUERA PÉREZ,
LUIS FERNANDO SALAZAR NOGUERA Y GUILLERMO LEONARDO SALAZAR
NOGUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de
identidad Nros. V-8.674.134, V-27.329.48 y V-20.043.525 respectivamente, en
su carácter de cónyuge la primera e hijos el resto, la cualidad de únicos y
universales herederos del hoy de cujus CESAR GUILLERMO SALAZAR
AGUILAR, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-
9.539.866,fallecido el día veintiuno (21) de Noviembre del año dos mil
di.....