IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio por Desafecto entre los ciudadanos MIRTHA COROMOTO PÉREZ DE SAAVEDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.668.057, correo electrónico: mirthisperez67@gmail.com y ANDRES RAMÓN SAAVEDRA NAVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.689.343, correo electrónico: andres-volley@hotmail.com; con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1.070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el día diecinueve (19) de Diciembre del .....