Así las cosas, vista la voluntad del demandante y la co demandada, Ciudadana Iralvis Vidalvis González González, tal como se desprende del acta de fecha 23-01-2014, en virtud de la existencia de un expreso desistimiento y no siendo contraviniendo derecho alguno, ni lesiona interés legítimo ninguno, al contrario satisface el derecho que le asiste al demandante en el presente proceso, y la situación real de la beneficiaria, Ciudadana Iralvis Vidalvis González González, quien alega no encontrarse incursa en alguno de los supuesto previsto en el literal B del artículo 383 ejudem, de manera que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 470 y literal B del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en no.....