DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE al acusado joven adulto (identidad que se omite de conformidad con el Articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO tipificado en los artículos 277 y 272 del Código Penal concatenado con el articulo 9 de la Ley sobre armas y explosivos; y en consecuencia le SANCIONA a cumplir las siguientes medidas: SANCION DE LIBERTAD ASISTIDA establecida en los articulo 620 literal "d" en concordancia con el art. 626 de la LOPNA; Remítase la causa al tribunal de ejecución en la oportunidad legal correspondiente, una vez vencida el lapso para la interposición de los recursos. La presente sentencia fue publicada el día de hoy lunes 27 de marzo de 2010 y las partes fueron debidamente impuestos del contenido de la misma e.....