EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY: acuerda: PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente (identidad omitida), por los delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto en el articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 272 en concordancia con el articulo 277 ambos del Código Penal, en perjuicio del estado venezolano, conforme a lo dispuesto al articulo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con el articulo 318 numeral 1º segundo supuesto del Código Orgánico Procesal Penal que se aplica por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente Causa, a favor del Adolescente: (identidad omiti.....