este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de apertura de Tutela Ordinaria, quedando constituida de la siguiente manera:
La ciudadana Flor Mercedes García, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.044.440; como Tutora, en beneficio de su nieto SE OMITE NOMBRE, en compañía de los ciudadanos América Antonia Bermúdez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-4.098.372, como Protutora; el ciudadano: José Uvaldo Martínez García, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.365.803, como: Suplente del Protutor; y a los demás integrantes del Consejo de Tutela, ciudadanos: Flor Hiliana Martínez García, venezolana, mayor de edad.....