este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Mantener la medida provisional en entidad de atención dictada en fecha 04 de junio del 2.009. Segundo: Se acuerda un régimen de convivencia familiar con la progenitora un día sábado y domingo cada quince (15) días sin pernota desde las 08:00 a.m. hasta las 04:00 p.m. debiendo ser trasladada la adolescente por un representante de la Casa Taller San Carlos quien deberá llevarla a la casa de la progenitora y buscarla el misma lugar, a los fines de resguardar los vínculos afectivos con la progenitora y sus hermanos. Líbrese oficio. Tercero: Se acuerda oficiar al Consejo de Protección del Municipio San Carlos a los fines de que se cerciore de la situación que refiere el informe del equipo multidisciplinario de este circuito judicial donde hace referencia a la situación de todos sus hijos a quienes se le vulneran derecho ya que según el informe no asisten a clase constantemente y son .....