Es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y encontrándose dentro del lapso legal correspondiente decreta la ejecución de la indicada sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, se ordena a la ciudadana Bexani Anais Fonseca Antequera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.889.901, se sirva dar cumplimiento con lo establecido en la sentencia. Sic. "...: En tal sentido se mantiene a la madre ciudadana Bexany Anais Fonseca Antequera, en ejercicio preferente de la custodia del niño, conservándose la responsabilidad de crianza en ambos progenitores, con todos sus demás derechos y facultades tales como amar, criar, formar, educa.....