Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Declarar la Perención de la Instancia, por consiguiente, se extingue el presente procedimiento de Régimen de Convivencia Familiar, incoada por el ciudadano Andry Alberto Delgado Sequera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.744.293, en beneficio de las niñas SE OMITEN NOMBRES, de ocho (08) y diez (10) años de edad respectivamente, en contra de la ciudadana Maryori del Carmen Hidalgo Apolinar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.628.102.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.