este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, decide: Se DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, por inactividad de las partes, en el Proceso de Restitución de Guarda, interpuesta por la ciudadana Mirian Virginia Torres Pineda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.593.695, en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, en contra del ciudadano Julio de Jesús Bravo Toro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.552.720; en consecuencia se extingue el proceso, terminado el asunto con el archivo del expediente una vez vencido el lapso para ejercer los recursos correspondientes. Así se decide. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.