Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas, por demostrar que la ciudadana Marlene Yelitza Suárez Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.092.106, su hijo SE OMITE NOMBRE y el de cujus quien en vida respondiera al nombre de Hipólito Wilfredo Castillo, Naujokas, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.950.263, fijaron su domicilio en el inmueble ubicado en: Urbanización Ezequiel Zamora, conjunto residencial los chaguaramos, calle 04, casa Nº 103, San Carlos estado Cojedes, desde el día 11 de noviembre de 2006, hasta el día 04 de enero de 2009. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a los fines de ley y déjese copia .....