Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Niños de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve: Designar curador Ad-Hoc al ciudadano Julio Ramón Peroza Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.043.404, de este domicilio, a los fines de que realice las funciones inherentes para el cargo al cual fue designado a favor del niño SE OMITE NOMBRE, ya identificado; con ocasión al futuro matrimonio que contraerá su progenitora la ciudadana Isabel Yolanda Sosa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.140.768. Expídase por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devuélvase los documentos originales.
Publíquese, Regístrese.