este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve: PRIMERO: Se revoca por contrario imperio el auto de fecha 20 de febrero de 2009, y en consecuencia se repone la presente causa al estado de admitir presente asunto y aperturar el procedimiento correspondiente el cual se hará por auto separado.
Regístrese y Publíquese.