Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Se declara Con Lugar la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: Robin Armando Silva Rodríguez y Maritzabeth Coromoto Silva Sandoval, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.992.196 y V-17.329.786 respectivamente; en consecuencia se declara el divorcio de los cónyuges quedando disuelto el vínculo matrimonial que existió desde el día 11 de octubre del año 2.000, quienes contrajeron matrimonio por ante el Registro Civil del Municipio Falcón del Estado Cojedes, según acta Nº 161, año 2.000, folio 204 al 205, a partir de la fecha de la publicación de la presente decisión.
Segundo: En cuanto a los convenios suscritos en.....