Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara: Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Obligación de Manutención, celebrado por los ciudadanos: José Gregorio Guevara y Xiomara Margarita Pérez González, titulares de las cédulas de identidad números V-8.053.212 y V-6.559.054, respectivamente; conjuntamente con su hijo el joven adulto: Augusto José Guevara Pérez, de diecinueve (19) años de edad; pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA como sentencia firme ejecutoriada, y en consecuencia queda aprobado y homologado el referido convenimiento. Y por cuanto esta juzgadora que el presente asunto guarda relación con el asunto signado con el Nº HH11-V-2003-000061, por el mismo motivo de Obligación de Manutenc.....