este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Ratificar la Medida Provisional de Colocación Familiar, decretada en fecha 12 de abril de 2.004, en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de acuerdo con lo establecido en el articulo 127 ejusdem; Segundo: Se ordena al Equipo Multidisciplinario adscrito a este Circuito Judicial, la elaboración de un informe cualitativo y cuantitativo, acerca de la situación de la niña SE OMITE NOMBRE, el cual deberá ser remitido cada tres (3) meses a este Tribunal, a los fines de ser enviado a la Oficina de Adopciones del estado Cojedes, de conformidad con lo establecido en el articulo 493-D de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Ofíciese lo conducente a la coordinadora del Equipo. Líbrese.....