Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor la ciudadana Gelen del Valle Mota Chávez y los niños (Se omiten nombres), la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre de Marvin Morales Niño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.285.954, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se dejan a salvo los derechos de terceros