este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: La reintegración del niño SE OMITE NOMBRE (de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), en el seno de su familia de origen conformada por el ciudadano Johan José Benítez Orosco, a partir de la presente fecha. En tal sentido, se ordena el egreso inmediato del mencionado niño de la Casa de Protección "Villas San Carlos de Austria". Ofíciese lo conducente al Jefe de la indicada Casa de Protección. Líbrese el oficio respectivo; Segundo: Se ordena el seguimiento de la presente decisión durante un (01) año, debiendo realizar un mínimo de cuatro (04) evaluaciones integrales, por cuanto se evidencia que el ciudadano antes mencionado se encuentra domiciliado en Guacara sector Macario Escorc.....