este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Primero. La inadmisibilidad de la pretensión contenida en el escrito que encabeza los autos.
Segundo. Se insta a la parte accionante a interponer por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio respectivo lo conducente.
Tercero. Devuélvanse los recaudos que contiene el escrito que da origen a esta declaratoria a quien lo presentó, previa certificación por secretaría.
Una vez firme esta decisión se remitirá al archivo judicial lo actuado.