este Tribunal Primero de Primera Instancia de mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, dicta Medida Provisional de Régimen de Convivencia Familiar en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, en tal sentido, se autoriza a los ciudadanos Miriam Gregorio Ruiz y Betancourt Suárez Carlos Armando, a los fines que compartan con el niño en la Casa Hogar Villa de San Carlos de Austria, en un horario abierto siempre y cuando no afecte las horas de descanso y demás actividades. Ofíciese lo conducente a la Casa de Protección del Municipio San Carlos. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.