Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando por comisión, en cumplimiento de la orden emanada del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Vista el acta expedida por la directora de recursos humanos, y por la registradora civil del Municipio Autónomo Tinaquillo del Estado Cojedes, en la que manifiestan que hasta el momento no tienen conocimiento de la designación del síndico procurador, representante de la Alcaldía, verificando la jueza la circunstancia de que no se encuentra designado el síndico procurador, que pueda representar los derechos e intereses de la Alcaldía, es por lo que, acuerda Suspender la práctica de la ejecución forzosa de la sentencia dictada por el Tribunal comisionado, de fecha 29 julio de 2009, hasta tanto sea designado el síndico procurador, que pueda acatar estrictament.....