Este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando por comisión, y de conformidad con lo previsto por el artículo 7 del Código de Procedimiento Civil, acuerda: Primero: Fijar un cartel de notificación en el bien inmueble objeto de la presente controversia, mediante el cual, se le ordena a la ciudadana Vanessa Wu Chen, se Abstenga de continuar Demoliendo o Construyendo bienhechurías en el bien inmueble objeto de la presente controversia. Segundo: Suspende la práctica de la medida innominada, en la que se ordena la notificación de la ciudadana Vanessa Wu Chen, hasta tanto la misma sea localizada para su debida notificación, todo a los fines de garantizarle el derecho a la defensa y el debido proceso. Tercero: Se acuerda el regreso de este Tribunal a su sede. Así se decide.