Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Guerra Rodríguez Víctor Alfredo y Valero de Guerra Rosa Berenice, titulares de la cédula de identidad nro. V-8.148.453 y V-3.538.480, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Rubén Miguel Pedroza Falcón, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 136.281; en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Autónomo San Carlos del estado Cojedes, el 15 de diciembre de 1984.