Con fundamento a ello, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PERIMIDA de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, la demanda por FIJACIÓN DE PENSIÓN DE ALIMENTOS, actualmente FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana ROSA TAHIS RODRIGUEZ GALLARDO, a favor de su hijaxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ya identificadas, asistida por el bogado EUCLIDES HERRERA, igual ya identificado, contra el ciudadano DOWELL JOSE FERNANDEZ HERRERA. Cúmplase.