Por todas las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Del Municipio "Pao de San Juan Bautista" de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, se ordena el archivo definitivo del presente expediente.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
PUBLIQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado en la Sala del Juzgado Del Municipio "Pao de San Juan Bautista" de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los treinta (30) días del mes de Junio del dos mil seis.-.-