Por todas las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Del Municipio "Pao De San Juan Bautista" De La Circunscripción Judicial Del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, se ordena el archivo definitivo del presente expediente.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
PUBLIQUESE Y REGÍSTRESE
Dado, firmado y sellado en la Sala del Juzgado Del Municipio "Pao De San Juan Bautista" De La Circunscripción Judicial Del Estado Cojedes, a los veinticuatro (24) dias del mes de Abril del Dos Mil Seis. (2006). AÑOS: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.