Probado como ha sido lo alegado y por cuanto el error denunciado no amerita la tramitación de un Juicio de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO y debido a que no existe interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, este Tribunal DEL MUNICIPIO EL PAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA a la Oficina de Registro Civil del Municipio Autónomo el Pao de San Juan Bautista del Estado Cojedes y al Registrador Principal del Estado Cojedes., estampar la debida Nota Marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CARMEN YUSAIDA ESCALONA CRUCES, previamente determinada así, donde dice: " ... con CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO 7.749.613, lo cual es incorrecto, deberá escribirse y leerse " ...con CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO 5.749.613..." que es lo correcto. Así se decide.-
Expídanse copias certificadas de la presente decisión y remítanse con oficio a la.....