Este Tribunal del MUNICIPIO EL PAO DE SAN JUAN BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA LA CONCILIACION celebrada entre las partes ya identificadas, en los términos siguientes: El OBLIGADO ALIMENTARIO, ofreció la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES ( Bs.120.000) MENSUALES, para cubrir la OBLIGACION ALIMENTARIA de la niña MARVELIS DEL CARMEN ULACIO SILVA, los cuales depositara en la cuenta de ahorro que la madre de la niña aperturara. En cuanto al BONO DE FIN DE AÑO, ofreció la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000),los cuales también depositara en la cuenta de ahorro a favor de la niña. En relación con los útiles escolares el OBLIGADO ALIMENTARIO se comprometió a comprarle a la niña lo que necesite. En cuanto a los gastos médicos se comprometió a ayudar a la madre de su hija en lo que pueda. La ciudadana YELITZA COROMOTO SILVA, representante legal de .....